Marcelo Figoli y el Recre: cómo es legal tener participación en dos SAD del fútbol español

El empresario argentino, presidente del Burgos CF, se incorpora al capital del club decano tras semanas de especulaciones y desmentidos
Marcelo Fígoli confirma su entrada en el accionariado del Recreativo de Huelva – Sportshuelva.com
Bomba informativa en el RC Recreativo de Huelva. Lo que durante semanas fue una negativa constante por parte de Marcelo Figoli a ser uno de los inversores detrás de la compra del club onubense, ahora se ha confirmado de forma oficial: el presidente del Burgos CF (Liga Hypermotion) pasará a formar parte del accionariado del Recreativo de Huelva, cuya totalidad estaba en manos de la empresa TS Capital Partners S.L., propiedad de Adrián Fernández.
El propio Figoli lo ha hecho público a través de su cuenta personal en la red social X, donde afirmó:
«Finalmente nuestro grupo ha decidido acompañar a los nuevos accionistas del Recreativo de Huelva con el porcentaje que permite el CSD. Esperemos poder colaborar en la reconstrucción de esa gran institución apoyando a Adrián Fernández!»
Esta revelación despeja cualquier duda sobre el interés del empresario argentino en participar activamente en el proyecto del Decano, aunque deja en el aire una pregunta clave: ¿cuál será exactamente su participación en el club?
Los límites legales en España: ¿cuánto puede poseer Figoli del Recreativo?
La legislación española establece un marco claro para evitar conflictos de intereses en el fútbol profesional:
Límite en clubes de la misma competición:
Según el Real Decreto 1084/1991, artículo 9, ninguna persona física o jurídica puede poseer más del 1% del capital social de dos o más Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) que compitan en la misma categoría. Esta norma tiene como objetivo preservar la integridad deportiva y evitar cualquier tipo de influencia cruzada entre clubes.
Clubes en diferentes competiciones:
Este límite del 1% no se aplica si los clubes compiten en categorías diferentes (por ejemplo, uno en Primera y otro en Segunda División). Sin embargo, la Ley del Deporte también señala que ninguna persona puede tener una participación que suponga más del 5% de los derechos de voto en dos SAD que participen en la misma modalidad deportiva, aunque estén en categorías distintas.
Participaciones significativas:
Cualquier adquisición de una participación igual o superior al 25% del capital social de una SAD debe ser autorizada previamente por el Consejo Superior de Deportes (CSD). Este requisito es obligatorio sin importar si los clubes se encuentran en la misma o en diferentes divisiones.
Conclusión: Figoli podrá invertir, pero con límites claros
En resumen, sí es legal que Marcelo Figoli entre en el capital del Recreativo de Huelva, pero deberá respetar los siguientes límites legales:
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Máximo 1% si ambos clubes compiten en la misma categoría.
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Máximo 5% de los derechos de voto si compiten en la misma modalidad.
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Requiere autorización del CSD si la participación es igual o superior al 25%.
Su entrada supone un nuevo capítulo en el proceso de reconstrucción del club más antiguo de España, ahora en manos de nuevos gestores que buscan impulsar al Recre hacia un futuro ambicioso.