La Federación establece las normas de la competición durante la temporada 2023-24

(Foto: RFEF)

El Recreativo de Huelva conoció la composición de los grupos y los rivales a los que se enfrentará durante la temporada 2023-24 de la Primera RFEF que arrancará el próximo 27 de agosto. El conjunto albiazul quedó encuadro con los equipos de la zona sur del país y buscará consolidarse en la categoría en los primeros años para luego buscar ese regreso al fútbol profesional. La Federación, a falta de conocer la plataforma por la que se emitirán los partidos, ha publicado las bases de la competición. Las novedades principales tienen que ver con el régimen económico y el control que desea establecer la RFEF para hacer sostenible un campeonato que en sus dos campañas de existencia ha atravesado por graves dificultades financieras.

 

Periodo de inscripción.

 

El Decano tiene hasta el próximo lunes 17 de julio hasta las dos de la tarde para inscribirse en la competición, según las normas reguladoras publicadas por la Federación. Además, el plazo de inscripción de jugadores será entre el 1 de julio y el 1 de septiembre para el mercado de verano, y entre el 2 de enero y el 1 de febrero de 2024 en el caso del mercado de invierno.

 

Número de fichas de jugadores.

 

Cada equipo podrá contar con 23 fichas, pero pueden ampliarlas a 24 en el caso de inscribir a un tercer portero. La Federación establece que si los clubes desean competar el máximo de fichas, seis de ellas deben corresponder a jugadores sub 23. El mínimo de fichas profesionales debe ser de 18 y como novedad aparece una norma para evitar que se repita lo ocurrido con el DUX Internacional de Madrid la temporada pasada, expulsado de la competición al no disponer de jugadores. Una semana antes del inicio de la competición debe haber al menos siete licencias.

 

Salario mínimo.

 

La Federación marca una serie de requisitos salariales para la participación el campeonato que son de obligado cumplimiento. «Garantizar un salario mínimo de 35.000€ anuales con dedicación completa para todos los jugadores mayores de 23 años que dispongan de licencia P [profesional] siempre que los ingresos por la cesión de los derechos de televisión sean de un mínimo de 500.000€ de media por equipo cuando se hayan comercializado de forma conjunta, un salario mínimo de 28.000 euros anuales cuando el ingreso medio por equipo por la venta centralizada sea superior a los 350.000€ y de 20.000€ en cualquier otra circunstancia y momento», recogen las bases de la competición.

 

Presupuesto.

 

Los equipos de la Primera RFEF tendrán que garantizar un presupuesto mínimo de 700.000 euros, ampliable según los ingresos derivados de los derechos televisivos. «Presentar un presupuesto mínimo de 1.500.000 euros anuales para el equipo de la Primera Federación siempre que los ingresos por la cesión de los derechos de televisión sean de un mínimo de 500.000 euros de media por equipo cuando se hayan comercializado de forma conjunta y de 700.000 euros en cualquier otra circunstancia y momento»,señala la Federación.

 

Otros requisitos.

 

Entre las bases de la competición de Primera RFEF también aparecen otras normas, como la obligatoriedad de disponer de césped natural que ya fue introducida en la temporada recién finalizada. Además se exige un estadio con 4.000 espectadores mínimo. «Disponer de un estadio con una capacidad mínima de 4.000 espectadores y gradas perimetrales en todo el estadio. En todo caso, se tendrán en cuenta posibles impedimentos urbanísticos o de configuración del espacio disponible»,recoge la normativa.

 

Sistema de competición.

 

Participarán cuarenta clubes, encuadrados en dos grupos de veinte equipos, según los siguientes criterios de proximidad geográfica: El Recreativo de Huelva fue emparejado en el grupo 2 con Málaga, Córdoba, San Fernando, Algeciras, Atlético Sanluqueño, Antequera, Linares, Recreativo Granada, Mérida, Ceuta, Melilla, Real Murcia, Intercity, Ibiza, Castellón, Atlético Baleares, Alcoyano, Atlético B y Real Madrid Castilla.

 

Se enfrentan en cada grupo todos contra todos en dos ocasionesuna en campo propio y otra en campo contrario- durante un total de 38 jornadas.El orden de los encuentros se decidirá por sorteo antes de empezar la competición. La Real Federación Española de Fútbol será la responsable de designar las fechas de los partidos y los árbitros de cada encuentro, los horarios de los encuentros son impuestos por la Federación. 

 

 

Al término del campeonato los campeones de cada grupo ascienden de forma directa a Segunda División y los clasificados entre el segundo y el quinto lugar disputan la promoción de ascenso.Los emparejamientos se realizarán enfrentando al segundo de un grupo con el quinto del otro y el tercero contra el cuarto.​ Esta promoción tiene formato de eliminación directa a doble partido, con prórroga si es necesario, y en caso de empate se clasifica el que mejor puesto haya obtenido en la liga regular; los duelos entre equipos con el mismo puesto durante la fase regular se decidirán por penaltis. Los dos vencedores de las dos eliminatorias finales también ascienden a Segunda División.
Los cincos primeros se ganan el derecho de jugar la Copa del Rey la próxima campaña, siempre que no haya ningún filial. Si hay algún filial la plaza correspondiente le corresponderá al siguiente clasificado. Los cinco últimos equipos clasificados de cada grupo descienden directamente a Segunda Federación.

Pérdidas y control económico.

 

El control económico es una de las principales novedades de la competición para la próxima temporada. La Federación avanzó su implantación a mediados del curso pasado, pero encontró bastante oposición entre los clubes, que ahora deberán cumplir con una serie de requisitos para participar según recogen las normas reguladoras. Los clubes participantes que hayan generado pérdidas durante la temporada 2021-22 deberán presentar un aval por valor del 80% de ese desfase para poder inscribirse. Además, la RFEFintroduce una norma para evitar que el gasto en la plantilla se dispare muy por encima de lo que cada club puede generar. Así, la partida de jugadores y técnicos no puede superar el 70% de la previsión de ingresos. De hacerlo, el equipo infractor deberá abonar una multa por valor del 20% de la cifra excedida, con un máximo de 100.000 euros y que será repartida entre el resto de equipos como una «tasa de solidaridad».

 

Como norma general todos los clubes deberán presentar un saldo patrimonial neto positivo. En aquellos clubes que por las circunstancias que sean presenten en la T-2 saldos patrimoniales netos negativos tendrán que formular los siguientes ajustes en función de la magnitud de los saldos netos negativos de acuerdo con los siguientes criterios:

 

  • Cuando el club presente un saldo patrimonial neto negativo que en términos absolutos sea menor al 20% del valor de sus activos, deberá presentar ante la RFEF una propuesta de las acciones que va a llevar a término para equilibrar su saldo patrimonial negativo y ello en un plazo máximo de dos temporadas, de acuerdo con las normas previstas en el Reglamento General y en estas Bases y con el formato descrito en las mismas.
  • Cuando el club presente un saldo patrimonial neto negativo que en términos absolutos sea superior al 20% de sus activos, los miembros de la Junta Directiva del Club o los administradores o accionistas de la SAD deberán avalar la totalidad de dicho saldo patrimonial neto negativo. Se introduce una moratoria en esta regla hasta la temporada 2024/2025.

En cualquier caso, los saldos netos patrimoniales negativos existentes en el momento de entrada en vigor de esta normativa deben quedareliminados en un plazo máximo de 2 ciclos (8 años)a contar desde la Temporada 2023/2024. En todo caso, se debe garantizar que al final del primer ciclo se ha reducido, al menos, en un 40%. Si dentro del ciclo de 4 años un club incrementa en cualquier temporada el saldo patrimonial neto negativo, dicho incremento debe ser avalado de forma íntegra por los miembros directivos del Club o los administradores o accionistas de la Sociedad.

 

Requisitos comunes presupuestarios

 

Si el presupuesto de gastos presentado para la Temporada T supera el 20% de los ingresos auditados de la Temporada T-2 o en el caso de clubes de inferior categoría, aprobados por el órgano competente, los directivos del club o los administradores o accionistas de la SAD deberán avalar la totalidad del gasto que supere el incremento del 20% de los ingresos de la temporada T-2 o el que supere el 20% de la media de los gastos de los clubes de esa nueva categoría cuando sea un equipo que ascienda de categoría inferior.

 

El presupuesto de gastos de la temporada de los salarios, más las cotizaciones a la Seguridad Social, más las amortizaciones de las cantidades abonadas en concepto de adquisición o cesión de los derechos del jugador y más los otros gastos vinculados al contrato tales como comisiones de agentes o de terceros vinculados al contrato, tendrá como límite el 70% de la previsión de ingresos. Un club podrá superar dicho límite del 70% abonando una tasa de solidaridad al resto de clubes de la categoría equivalente al 20% de la cantidad excedida. En cualquier caso, se establece una tasa máxima de 100.000€ por club y por temporada por este concepto. El valor de dicha tasa se ajustará al final de temporada en atención al gasto real efectuado, disminuyendo el importe de la misma si el gasto ha sido inferior o aumentando o fijándola si el gasto real ha sido superior a esos límites fijados.

 

 

La suma de las tasas abonadas por los clubes se destinarán a la creación de un fondo económico que se destinará a compensar a partes iguales entre los equipos que no superen el límite y que se inscriban y participen dicha temporada en esa misma categoría.

 

Al mismo tiempo y con independencia de lo anterior los clubes o, en su caso, sus equipos, estarán obligados a presentar durante la temporadaT, la siguiente documentación dentro de los plazos que se indican a continuación:

 

Antes del 31 de diciembre de la temporada T para los clubes que no estuvieran participando en competiciones profesionales de fútbol: cierre definitivo de la cuenta de explotación del club de fútbol de la temporada T-1; balance definitivo del club de fútbol de la temporada T-1 cerrado a 30 de junio; certificado vigente de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social; auditoría de sus estados financieros cerrados a 30 de junio de la temporada T-1. Informe de auditor, balance y cuenta de pérdidas y ganancias firmada, así como la correspondiente memoria.

 

Antes del 30 de marzo de la temporada: cuenta de explotación del club de fútbol correspondiente al primer semestre de la temporada T. Es decir, la correspondiente al período de 1 de julio a 31 de diciembre de la temporada; balance del club de fútbol cerrado a 31 de diciembre, correspondiente al primer semestre de la temporada.

 

Además, para todos los clubes de fútbol, en cualquier momento y dentro de los cinco días naturales posteriores a la modificación: comunicación de los nuevos contratos con la plantilla de futbolistas y del cuerpo técnico de los equipos que participan en las competiciones oficiales de ámbito estatal no profesional.

 

Para todos los clubs de fútbol, mensual o trimestralmente según corresponda: la documentación que acredite la liquidación de cotizaciones sociales, formularios RNT (Relación Nominal de Trabajadores) y RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones junto con el correspondiente justificante de pago) de los/as jugadores/as y miembros del cuerpo técnico de la primera plantilla de la competición oficial no profesional. En su caso, los aplazamientos solicitados o concedidos; liquidaciones de IVA e IRPF y en su caso aplazamientos solicitados o concedidos; las nóminas o resúmenes de nómina de todos los miembros de 30 la plantilla deportiva así como los justificantes de pago de las mismas para cada uno de los meses devengados.

 

Todos los clubes de fútbol que estuvieran inscritos en la Primera Federación deberán presentar antes del 30 de septiembre de la temporada la totalidad del número mínimo de los contratos de trabajo en vigor de la plantilla y de los miembros del cuerpo técnicode los equipos que participen en las competiciones no profesionales de ámbito estatal de los que dispongan hasta ese momento.

 

El incumplimiento en la facilitación de la información en las fechas fijadas por las normas implicará la imposibilidad de recibir las ayudas económicas de la RFEF o FFTT de las que fuere beneficiario hasta que cumpla y la imposibilidad de ascender de categoría, aunque por méritos deportivos tuviera derecho a hacerlo, si hubiere acumulado 4 incumplimientos (se considera incumplimiento la no entrega en plazo de cualquiera de los documentos o información fijados en la lista anterior). Los incumplimientos serán inmediatamente comunicados al club o SAD incumplidora.

 

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