EL SAN ROQUE DE LEPE ES MULTADO CON 500€ POR INSULTOS RACISTA DE UN INDIVIDUO
El Comité de Competición castiga al club con la sanción más leve, la grave hubiera sido de 6.000€
Ya tenemos resolución del Comité de Competición. El CD San Roque De Lepe ha sido sancionado con una multa de 500€ por el insulto racista de un individuo en el partido del pasado miércoles en el Ciudad de Lepe. El club ya localizó al sujeto y tomó cartas en el asunto para que no vuelva suceder nunca más. Afortunadamente para el club aurinegro es la sanción más leve debido a que se avisó por megafonía y ya no se volvieron a escuchar más insultos, de lo contrario la multa podía haber ascendido a 6.000€.
El árbitro recogió lo siguiente en el acta: «En el minuto 89, me veo obligado a detener el encuentro durante dos minutos debido a que se escucha desde un sector e la grada donde se encontraban los aficionados locales comentarios de «mono» hacía un jugador del equipo visitante. Es por ello que me veo obligado a activar el protocolo de violencia verbal, acercándome al delegado de campo y pidiéndole que avisara por megafonía del incidente. Estos cesaron de forma inmediata, y pudimos continuar el encuentro sin ningún tipo de problemas añadido».
Y el Comité de Competición ha dictado lo siguiente: «Multa por Represión pasiva de conductas violentas, xenófobas, e intolerantes. El hecho reseñado en acta como incidencias de público, se encuentra tipificado como infracción en el artículo 69.2 a) del Código Disciplinario de la RFEF, y, por tanto, sujeto a la sanción establecida en el artículo 114.3 del mismo texto legal. Sobre dicho particular, se ha de recordar aquí, que los clubes, como organizadores de los eventos deportivos son los responsables de los hechos que se produzcan en sus instalaciones, en este caso, insultos racistas y, por tanto, deben reprimirse activamente, y no justificarse, supuestos como el aquí acontecido y por ello, el Club se hace aquí acreedor a la sanción antes referida y descrita en el artículo 114.3, susceptible de sanción entre 500 y 6.000 €. A los efectos de imponer la concreta medida punitiva que corresponda, considerando que después del anuncio efectuado por megafonía cesaron los insultos, consideramos que el citado Club resulta acreedor a la sanción mínima prevista, de sanción de 500 €. (Artículo: 114)».